En está ocasión hablaremos con respecto a los certificados de molino y de calidad, expedidos por los proveedores de acero y usados por los importadores para poder tramitar un permiso (aviso) siderúrgico.
Certificado de molino o de calidad es el documento emitido y avalado por el productor o fabricante de la mercancía a importar, contiene información relevante para la correcta clasificación arancelaria del producto de acero.
Es importante mencionar que el tipo de certificado a utilizar va a depender de la fracción arancelaria que tu agente aduanal asigne para tu producto, recuerda clasificar antes de que la mercancía salga de origen para evitar costos extras de almacenaje.
El certificado de molino o de calidad debe contener:
- Descripción detallada (nombre del producto, dimensiones, especificaciones técnicas, físicas, químicas, metalúrgicas, etc.).
- País de origen.
- Clave de identificación (Norma internacional).
- Nombre y datos de contacto de la empresa productora o fabricante de las mercancías (dirección, teléfono, correo electrónico).
- Sello y firma del productor o fabricante.
- Número de certificado.
- Número (colada, embarque, folio, orden).
- Fecha de expedición.
- Volumen de las mercancías.
- Número de lote y/u orden de producción.
- Valor de la mercancía que ampara el certificado.
- Los certificados de molino o de calidad deberán estar expedidos, como máximo, tres años antes a la fecha de presentación del aviso.
- En caso de que el o los certificados se encuentren en un idioma distinto del español o el inglés se deberá anexar traducción libre del mismo.
Es necesario cumplir con los requisitos anteriormente mencionados, para tener una respuesta favorable de la Secretaría de Economía, recordar que este trámite se hace por medio de VUCEM.
Tiempo de respuesta de SE para autorización de permiso siderúrgico: 2 a 3 días hábiles.
Hasta un próximo blog.
Licenciado en Comercio Internacional, egresado de la Universidad de Guadalajara, 9 años de experiencia en el medio aduanero y logístico.