El 14 de julio del presente año 2021, se publica en el DOF la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.
¿Objetivo de la Agencia Nacional de Aduanas?
Tiene por objeto organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, así como las relativas al cobro de las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior, en cumplimiento de las atribuciones ejecutivas que le confiere este Decreto, así como aquellas que le sean expresamente instruidas por el Secretario de Hacienda y Crédito Público.
¿Con que recursos contara la Agencia Nacional de Aduanas?
- Los bienes muebles e inmuebles, recursos materiales, tecnológicos y financieros que le sean asignados;
- Los fondos y fideicomisos que se constituyan o en los que participe en representación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para tales fines;
- Los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de ejecución.
- Las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos de la Federación
Atribuciones más importantes que tendrá la Agencia Nacional de Aduanas de México:
- Recaudar las contribuciones y aprovechamientos aplicables a las operaciones de comercio exterior y sus accesorios de acuerdo con la legislación aplicable y conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte, cuando estas atribuciones deban ser ejercidas por las autoridades aduaneras.
- Dirigir los servicios aduanales y de inspección, en los términos que prevean las disposiciones aplicables; así como realizar operativos correspondientes en términos de las disposiciones legales aplicables, a la verificación de la legal estancia de mercancías en territorio nacional y de mercancías en transporte, incluyendo su verificación de origen; embargar o asegurar las mercancías de las que no se acredite su legal estancia en el país y resguardarlas en calidad de depositario.
- Administrar los padrones de importadores, de importadores de sectores específicos y de exportadores sectoriales.
- Participar en la negociación de los tratados internacionales, así como celebrar acuerdos interinstitucionales en el ámbito de su competencia.
Entrada en vigor
El decreto entrará en vigor en la fecha en la que inicie la vigencia de las reformas legales que otorguen la competencia que actualmente tiene el Servicio de Administración Tributaria en materia fiscal y aduanera.
Licenciado en Comercio Internacional, egresado de la Universidad de Guadalajara, 9 años de experiencia en el medio aduanero y logístico.